A continuación vamos a completar las siguientes cuestiones:
1. ¿Qué son las licencias Creative Commons?
Creative Commons es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro que desarrolla planes para ayudar a reducir las barreras legales de la creatividad, por medio de nueva legislación y nuevas tecnologías.
Ésta fue fundada por Lawrence Lessig, profesor de derecho en la Universidad de Stanford y especialista en ciberderecho, quien la presidió hasta marzo de 2008.
Creative Commons (en español: bienes comunes creativos),es también el nombre dado a las licencias desarrolladas por esta organización.
El proyecto Creative Commons International es un apéndice del proyecto mayor de Creative Commons. Tiene por objetivo traducir las licencias Creative Commons a los diferentes idiomas, así como adaptarlas a las diferentes legislaciones y sistemas de derechos de autor alrededor del mundo.
Este trabajo está liderado por la directora de Creative Commons International, Catharina Maracke y por equipos de voluntarios en los diferentes países de este mundo.
2. ¿Qué tipos de licencia existen?
Licencias: Ofrecer un trabajo bajo una licencia de Creative Commons no significa entregar el Copyright sino poner a disposición algo de esos derechos y solamente bajo ciertas condiciones.
Las condiciones son la que elija cada uno y se detallan a continuación:
Atribución: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados del mismo. Pero dando siempre testimonio de la autoría del mismo.Un ejemplo de esto sería: Ester publica su fotografía con Licencia de Atribución, porque desea que el mundo emplee su fotografía, dejando constancia que es suya. Conchi encuentra esta fotografía en Internet y desea incorporarla a la página de inicio de su web. Conchi coloca esta fotografía y claramente indica que Ester es la propietaria.
No Comercial: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados del mismo, pero únicamente con propósitos no comerciales. Un ejemplo de esto sería: Ester publica su fotografía con licencia No comercial. Conchi incorpora una parte de la fotografía de Ester en parte de un póster. Conchi no estaría autorizada a vender ese póster sin la autorización de Ester.
No derivación del trabajo: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar solo copias literales del trabajo patentado, no estando autorizado ningún tercero a realizar trabajos derivados del mismo. Un ejemplo de esto sería: Ester graba su canción con una Licencia de No derivación del trabajo. Conchi no podría tomar parte de esta obra para incorporarla a otra suya o realizar modificaciones sobre la misma, sin la autorización de Ester.
Igualmente compartido: Esta licencia permite a otros realizar trabajos derivados pero únicamente bajo una licencia idéntica. Este tipo de licencia, únicamente aplica a obras derivadas.
Si se presta atención, se observa que esta licencia es excluyente de la de No derivación de trabajos, es decir, no se pueden elegir ambas a la vez.
Un ejemplo de esto sería: Conchi coloca una fotografía suya en Internet bajo licencia No comercial e igualmente compartido. Ester es un artista amateur y arma un collage en el que pone parte de la foto de Conchi. En este caso Ester debe hacer uso No comercial de su collage y especificar claramente su licencia de Igualmente compartido, con lo que estaría distribuyendo su trabajo bajo los mismos términos que Conchi.
3. ¿Cómo se cita adecuadamente este tipo de recursos?
Para citar adecuadamente estos recursos hay que decir por quien está escrito y publicado. Además, por otro lado, también hay que indicar la dirección URL donde está publicado originalmente.Otra cosa que no se nos debe olvidar es decir bajo qué tipo de licencia se encuentra.


4. Incluye los recursos que has encontrado en tu blog de prácticas, citando
correctamente su procedencia y el tipo de licencia.

Autor de la imagen arquera
Publicada en http://www.flickr.com/photos/puntodevista/1485993448/sizes/l/in/photostream/
Con licencia Creative Commons http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/deed.es
Maratón Internacional Simultaneo from cdp-deporte on Vimeo.
Autor del video cd-deportes
Publicada en: http://vimeo.com/15030242
Con licencia Creative Commons http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/deed.es
Publicada en: http://vimeo.com/15030242
Con licencia Creative Commons http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/deed.es
5. ¿Qué ventajas consideras que tiene la utilización de recursos con licencia Creative
Commons en el ámbito educativo?
Ventajas:
•Según Vercelli (2004) Creative Commons ofrece a los creadores la posibilidad de decir “Some Rights Reserved”, que traducido al español significaría “Algunos Derechos Reservados”.
La ventaja de este tipo de licencias consiste en que el autor se anticipa a posteriores solicitudes y otorga su permiso a la explotación de sus derechos por terceros (potenciales usuarios) bajo unas determinadas condiciones (Crego P., Jarque P. y Webster S., 2007).
•La principal ventaja de las licencias Creative Commons para los usuarios es que les ofrecen un permiso previo para que otros puedan compartir, modificar o lucrar con el contenido creado por ellos. De esta manera, no es necesario solicitar una autorización al autor del material; posibilitando la colaboración libre con todas las personas y procesos de creación compartidos. Asimismo, no queda excluida la posibilidad de obtener un permiso expreso del autor para realizar actividades no permitidas por la licencia específica (Grupo de investigación Copia/Sur, 2008).
Y para terminar, haremos una breve conclusión y reflexión de esta práctica. En primer lugar podemos decir que no conocíamos el término de las licencias Creative Commons y mucho menos lo que suponía. Es bastante interesante ver que todo aquello que usamos de internet esta ahí por algo y pertenece a alguien. Nunca se nos había ocurrido pensar en poner de quien era la foto que estábamos usando en un trabajo o el video que podía incluir en mi red social. Sin embargo nos hemos fijado y hemos descubierto que todas las imágenes, videos, documentos, música… pertenecen a alguien que ha querido mostrárselo a los demás, pero no por ello deja de ser suyo.
Y decir sólo una cosa más : ¡ Queremos seguir descubriendo más rincones del mundo de las Tic!
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